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Modifican reglas financieras de municipios y departamentos para movilizar recursos durante la emergencia

El Gobierno Nacional modificó de manera temporal varias reglas financieras y administrativas que rigen a municipios y departamentos con el propósito de ampliar su capacidad para obtener, movilizar y utilizar recursos durante la emergencia declarada por la calamidad pública asociada al terremoto del 10 de agosto de 2026.

Las modificaciones están contenidas en el Decreto Legislativo 1382 del 9 de septiembre de 2026, que establece mecanismos para que las entidades territoriales puedan enfrentar las necesidades de recuperación con fuentes de financiación distintas a las que normalmente tienen disponibles.

El decreto contempla cambios en materia de reorientación de rentas, créditos de tesorería, titularización de flujos tributarios y requisitos de endeudamiento. En conjunto, estas disposiciones permiten que las administraciones territoriales dispongan de mayor margen para atender gastos de emergencia, anticipar recursos y financiar proyectos de rehabilitación y reconstrucción.

El Gobierno explica que estos mecanismos buscan “movilizar recursos existentes, atender insuficiencias transitorias de caja, anticipar ingresos futuros y financiar inversiones de recuperación”. Sin embargo, la utilización de estas herramientas queda sometida a condiciones y controles que buscan impedir que las facultades excepcionales sean utilizadas para resolver problemas fiscales anteriores a la emergencia.

Uno de los cambios está relacionado con la posibilidad de redireccionar temporalmente recursos de origen territorial. La medida busca que determinadas rentas puedan ser utilizadas para atender necesidades derivadas de la emergencia cuando las fuentes ordinarias resulten insuficientes.

El decreto establece que esta posibilidad no alcanza los recursos cuya destinación esté protegida directamente por la Constitución. La habilitación se concentra en aquellas rentas cuya destinación específica provenga de restricciones establecidas por la ley, de acuerdo con las condiciones previstas en la norma.

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