
“Una decisión unilateral para suspender al Presidente de la República sería un despropósito jurídico”: ministro Armando Benedetti
El ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que una eventual decisión de una sola representante a la Cámara para suspender de sus funciones al presidente Gustavo Petro carecería de sustento constitucional y constituiría un acto por fuera del ordenamiento jurídico.El jefe de la cartera política explicó que la Constitución establece un procedimiento específico para los procesos que involucran al Presidente de la República, en el que la Comisión de Acusaciones cumple una función de instrucción, la plenaria de la Cámara de Representantes actúa como ente acusador y es el Senado de la República el único órgano facultado para determinar una eventual suspensión.“Una sola representante a la Cámara no puede suspender al presidente de la República. El único ente que puede hacerlo es...









