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Corte Constitucional avala 85 artículos de la Reforma pensional en Colombia

La Corte Constitucional avaló artículos de la reforma pensional y despejó parte de la incertidumbre que rodeaba la implementación del nuevo sistema de protección para la vejez en Colombia.

La decisión evita que el próximo Gobierno tenga que asumir nuevamente el debate de una reforma pensional que  llevaba cerca de 25 años discutiendo sin lograr concretar. Todavía existen desafíos importantes en materia fiscal, operativa y de sostenibilidad.

Uno de los principales retos después del fallo será poner en funcionamiento el nuevo esquema, especialmente la responsabilidad que tendrá el Banco de la República en la administración de parte del ahorro pensional.

la Corte determinó devolver apartes de dichos 10 artículos a la Cámara para que en plenaria, en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la notificación del fallo, les dé la debida discusión, ya que considera que es un vicio subsanable por parte de las distintas bancadas ya sea aprobándolos o improbándolos.

Una vez la plenaria de la Cámara discuta los apartes de la decena de artículos que quedan pendientes de la reforma, el presidente de la Cámara de Representantes, el conservador Nicolás Barguil, debe presentar un informe al Alto Tribunal sobre el particular, adjuntando las actas y documentos correspondientes de la sesión.

La Corte procederá a revisar si la Cámara dio suficiente debate a estos artículos en los términos que dispuso en el fallo. De ser así serán declarados exequibles como parte de la reforma, en caso contrario, se hundirán los apartes que tienen problemas porque no se discutieron algunas proposiciones.

Así mismo, la Corte Constitucional determinó que la reforma pensional entrará en vigor el 1 de abril del 2027, iniciativa que presentó el anterior gobierno.

La Ley 2381 de 2024 debía entrar en vigor el primero de julio de 2025, sin embargo, no ocurrió porque fue suspendida por la Corte producto de la demanda de la entonces senadora Paloma Valencia, quien pidió declararla inexequible por vicios en el trámite del respectivo proyecto, el principal, que no hubo discusión en el cuarto debate en la plenaria de la Cámara de Representantes porque se aprobó una proposición desde la coalición del anterior gobierno para acoger el texto que venía del Senado.

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