
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (FENALCO) presentó ante el Consejo de Estado sus alegatos de conclusión dentro del proceso en el que solicita la nulidad del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno anterior estableció un incremento de 23 % para el salario mínimo de 2026.
El gremio sostiene que la decisión no habría tenido en cuenta de manera suficiente los parámetros que, según la Ley 278 de 1996 y el Código Sustantivo del Trabajo, deben ser considerados para determinar el salario mínimo. Entre estos se encuentran la inflación, la productividad, el crecimiento económico, la participación de los salarios en el ingreso nacional y la capacidad económica de las empresas.
FENALCO señala que, estos elementos no son criterios opcionales dentro del proceso de fijación del salario mínimo, sino factores que deben ser valorados por el Gobierno al momento de adoptar la decisión. Por esa razón, la Federación reiteró ante el Consejo de Estado su solicitud de que el decreto sea declarado nulo.
“El Gobierno anterior no podía apartarse de los criterios establecidos por el legislador. La fijación del salario mínimo está sujeta a reglas que deben cumplirse. Su desconocimiento constituye una razón suficiente para que el Consejo de Estado anule el decreto”, afirmó Jaime Alberto Cabal Sanclemente, presidente de FENALCO.
Uno de los puntos cuestionados por el gremio está relacionado con la utilización de una estimación denominada “salario vital”, incluida en un estudio atribuido a funcionarios o colaboradores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según FENALCO, dicho cálculo no tiene carácter normativo vinculante, pese a que la estimación de 22,7 % estuvo cerca del incremento de 23 % finalmente establecido por el Gobierno.
