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Gobierno eliminó límite de 30% para inversiones de fondos de pensiones en el exterior

El Gobierno eliminó el límite global de 30% que había establecido para las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos del exterior, al considerar que esta restricción podía afectar la relación entre riesgo y rentabilidad de los portafolios administrados por las AFP.

La decisión quedó plasmada en el Decreto 1490 del 6 de octubre de 2026, mediante el cual se modificó el Decreto 2555 de 2010 y se derogaron los artículos 2.6.12.1.27, 2.6.12.1.28 y 2.6.12.1.29, relacionados con el régimen de inversión de activos en el exterior de los Fondos de Pensiones Obligatorias.

El ministro de Hacienda, Miguel Gómez, informó sobre la decisión de derogar el límite de 30% a las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior. “Lo hacemos para proteger el ahorro de los colombianos, esos recursos no son de las administradoras, son de los trabajadores y de allí saldrán sus pensiones”, señaló.

El  limite 30% había sido creado este mismo año mediante el Decreto 369 de 2026, que adicionó al Decreto 2555 tres artículos relacionados con las inversiones en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias. La norma también había definido una transición para implementar gradualmente el límite y exigía a las AFP presentar ante la Superintendencia Financiera un plan de ajuste dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia.

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