
El Juzgado Primero Civil del Circuito tumbó una multa contra la Gerencia de Espacio Público y Movilidad del Distrito de Cartagena, al comprobarse que resolvió petición sobre un establecimiento comercial en Torices.
En decisión de segunda instancia y en trámite del grado de consulta, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cartagena resolvió revocar la sanción por desacato impuesta precedentemente contra la Gerencia de Espacio Público y Movilidad del Distrito de Cartagena. El despacho judicial determinó que la entidad Distrital actuó en apego al ordenamiento legal al dar respuesta material, clara y congruente a una solicitud ciudadana sobre el uso de antejardín comercial.
El conflicto legal se inició con un derecho de petición presentado el pasado 10 de abril de 2026 por la ciudadana María del Socorro Ortegón Raveles. En dicho requerimiento, la peticionaria solicitaba el reconocimiento del principio de confianza legítima y el permiso de funcionamiento para continuar operando el establecimiento comercial de comidas rápidas.
Según el reporte,el negocio ha venido funcionando en el antejardín de la vivienda ubicada en la carrera 17 con calle 41 esquina (barrio Torices, sector Paseo Bolívar). Sin embargo, al estar dicha área afectada al espacio público según el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), la ciudadana acudió a la Gerencia de Espacio Público para formalizar su estancia.
Alegando un presunto incumplimiento de la orden, la dueña del establecimiento comercial promovió un incidente de desacato. En primera instancia, el Juzgado Doce Civil Municipal de Cartagena impuso una sanción de multa equivalente a diez (10) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) a la titular de la dependencia, Tannis Puello Miranda, al considerar la existencia de negligencia.
